Rige la modificación a la ley de derechos de autor beneficiando las obras para ciegos.
Rige desde agosto, LA LEY 26285, que modifica la Ley de Propiedad Intelectual en su Art. 36, publicada en el Boletín Oficial (B.O. nº 31238)
Se incorpora al cuerpo de la Ley 11.723 la exención de pago de derechos de autor a los materiales artísticos o científicos destinados a lectores ciegos o con dificultades perceptivas.
Esta modificación beneficia la producción y circulación de material de lectura disponible para personas ciegas, y alcanza las obras en sistema braille, audio y soporte informático.
Actualmente los archivos de texto en soporte informático pueden imprimirse en sistema Braille y grabarse en audio, y su distribución es sencilla. El uso de Internet y la digitalización de textos favorecen hoy notablemente las condiciones de acceso a la lectura, la educación, la capacitación, el desarrollo profesional y la inclusión cultural de personas con discapacidad visual o con necesidades especiales.
La iniciativa, impulsada por el Senador Rodolfo Terragno y la Biblioteca Tiflolibros en concordancia con las organizaciones que atienden personas con discapacidad visual, es pionera para la legislación latinoamericana. En la mayoría de los países americanos no se contempla siquiera la trascripción a sistema braille.
En este marco, es de esperar que universidades y entidades educativas participen más activamente en la producción y distribución de textos destinados a la población con limitaciones para la lectura.
Desde la Biblioteca Tiflolibros celebramos esta noticia.
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